El Sistema Privado de Pensiones (SPP) en Perú tiene como objetivo garantizar mayor seguridad financiera a los peruanos durante su jubilación. En Prima AFP, nos hemos comprometido a fomentar cambios que hagan este sistema más inclusivo y beneficioso para nuestros afiliados.
Con la publicación de la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano el 24 de septiembre de 2024, se han introducido importantes cambios, con el objetivo de construir un sistema previsional sólido, integral e inclusivo. A continuación, te explicamos los puntos más relevantes.
Apertura del Mercado de Pensiones
Esta nueva ley promueve la competencia al permitir que bancos, compañías de seguros, financieras, cajas municipales, cooperativas, entre otras puedan administrar los fondos de pensiones. Con más opciones para elegir, los afiliados tendrán acceso a mejores servicios.
Comisión por Productividad
Actualmente, las comisiones que te cobra tu AFP por la administración de tu fondo de pensiones no dependen de los resultados de la rentabilidad de tu fondo. Sin embargo, con esta reforma podrás optar por la Comisión por Productividad, donde el cobro que te realice tu AFP estará en función a los resultados de la rentabilidad.
Tipos de comisiones que existen actualmente
- Comisión por saldo: Se descuenta un porcentaje del saldo de tu fondo acumulado.
- Comisión por flujo: Se descuenta un porcentaje de tu sueldo.
Pensión Mínima Garantizada
La pensión mínima será accesible para aquellos que no hayan realizado retiros de su fondo desde la vigencia de la ley, cuenten con un mínimo de aportes y cuyo fondo sea insuficiente para financiar la pensión mínima. El Estado complementará estos fondos para asegurar una pensión.
Restricciones al Retiro del 95.5%
Los nuevos afiliados y los afiliados menores de 40 años a la entrada en vigencia de la Ley no podrán retirar el 95.5% de su fondo al jubilarse. En su lugar, deberán elegir alguna de las modalidades de pensión ofrecidas por el SPP. Para los mayores de 40 años con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley, podrán elegir entre percibir una pensión en cualquier modalidad de retiro, y/o solicitar hasta el 95.5% de su CIC.
Inclusión de Trabajadores Independientes
A partir del tercer año de vigencia de la Ley, los trabajadores independientes que emiten recibos por honorarios deberán destinar un porcentaje de sus ingresos a su fondo de pensiones. Este porcentaje iniciará con 2% y se incrementará en 1% cada dos años hasta llegar a 5%.
¿Desde cuándo regirán estos cambios?
- El 24.09.2024 se publicó la Ley en El Peruano.
- La Ley entra en vigencia al día siguiente de la publicación de su reglamento.
- El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) tiene un plazo máximo de 180 días hábiles para aprobar el reglamento (18.06.2025).
En esta coyuntura, estamos comprometidos con seguir informándote oportunamente sobre los avances de la Reforma y los beneficios que tendrán sobre tu jubilación y la de millones de peruanos. En Prima AFP seguiremos sumando esfuerzos que nos permitan poner a nuestros afiliados al centro de todas nuestras decisiones y así construir juntos, tanto el sector público como privado, un mejor futuro para ustedes ¡Traspásate a Prima AFP hoy!